Si vendes acciones con pérdida, esa pérdida no tiene por qué ser dinero perdido a efectos fiscales: puedes compensarla con las ganancias que obtengas ese mismo año y, si no basta, arrastrarla durante los cuatro años siguientes. Compensar bien tus pérdidas y ganancias puede reducir de forma notable lo que pagas en la declaración de la renta.
En esta guía verás cómo se hace paso a paso, con ejemplos con números, qué límites existen y qué errores conviene evitar.
Resumen rápido
- Las ganancias y pérdidas por vender acciones se suman y restan entre sí en la base del ahorro.
- Si el resultado del año es una pérdida, puedes arrastrarla cuatro años para compensarla con ganancias futuras.
- Además, una parte de la pérdida puede compensarse con dividendos e intereses, con un límite del 25 % de esos rendimientos.
- Se compensa en euros y por ejercicio, empezando por las pérdidas más antiguas.
- Cuidado con la regla de los dos meses (un año en fondos): si recompras, la pérdida puede no computarse.
- Conviene haber declarado la pérdida en el año en que se produjo.
Dos bloques dentro de la base del ahorro
En la base del ahorro conviven dos tipos de rentas, y cada una se calcula por separado antes de combinarlas:
- Ganancias y pérdidas patrimoniales: el resultado de vender acciones, fondos, ETF, etc.
- Rendimientos del capital mobiliario: dividendos, intereses y similares.
La compensación sigue un orden concreto, que verás a continuación.
Paso 1: calcula el resultado de cada venta
Para cada venta de acciones, calcula:
Resultado = valor de transmisión − valor de adquisición
Incluye las comisiones y convierte a euros si operas en otra divisa. Si compraste en varias fechas, aplica el método FIFO. El resultado puede ser una ganancia (positivo) o una pérdida (negativo).
Paso 2: compensa dentro de las ganancias y pérdidas patrimoniales
Suma todas las ganancias y todas las pérdidas del mismo año. Se compensan entre sí sin límite.
Ejemplo 1. Durante el año:
- Venta A: ganancia de 3.000 €
- Venta B: pérdida de 1.200 €
Saldo: 3.000 − 1.200 = 1.800 € de ganancia neta. Impuesto al 19 %: 342 €. Sin la compensación habrías pagado 570 €: te ahorras 228 €.
Paso 3: si el saldo es negativo, compensa con los dividendos e intereses
Si, tras el paso 2, el año te sale con pérdida neta, puedes aplicarla contra los rendimientos del capital mobiliario (dividendos e intereses) del mismo año, pero solo hasta el 25 % de esos rendimientos.
Ejemplo 2. Tienes una pérdida neta de 2.000 € y cobras 1.000 € de dividendos.
- Límite de compensación: 1.000 × 25 % = 250 €
- Rendimientos tras compensar: 1.000 − 250 = 750 €
- Impuesto al 19 %: 142,50 € (en lugar de 190 €): ahorras 47,50 €
- Pérdida que queda pendiente: 2.000 − 250 = 1.750 €
Paso 4: arrastra lo que sobra durante cuatro años
La parte de la pérdida que no has podido compensar se arrastra a los cuatro años siguientes. Cada año se compensa con las ganancias que haya, empezando por las pérdidas más antiguas. Pasados cuatro años, la pérdida que no has usado se pierde.
Ejemplo 3.
- Año 1: pierdes 5.000 € netos. No tienes ganancias: pendiente 5.000 €.
- Año 2: ganas 3.000 €. Los compensas con la pérdida pendiente: base 0 €, impuesto 0 €. Quedan 2.000 € pendientes.
- Año 3: ganas 4.000 €. Compensas 2.000 €: base 2.000 €, impuesto al 19 % = 380 € (sin compensar serían 760 €).
Cómo se aplica en la declaración de la renta
- Introduce todas tus ventas del año, con valor de transmisión y de adquisición. Si tu bróker es extranjero, el borrador no las traerá: añádelas tú.
- La aplicación compensa automáticamente las ganancias y pérdidas del año.
- Revisa el saldo: si es negativo, comprueba que queda como pérdida pendiente de compensar.
- Anota las pérdidas pendientes de años anteriores y comprueba que se aplican.
- Guarda los justificantes de las operaciones.
Los nombres de las pantallas cambian de un año a otro: guíate por los apartados de ganancias y pérdidas patrimoniales y de pérdidas pendientes de ejercicios anteriores.
Qué pasa con los fondos de inversión
Las ganancias y pérdidas por reembolsos de fondos entran en el mismo bloque que las de las acciones, y se compensan entre sí. La diferencia es que los traspasos no generan ni ganancia ni pérdida, y que la regla de recompra tiene un plazo de un año en fondos (y de dos meses en acciones y ETF cotizados).
Trucos legales para aprovechar mejor las pérdidas
- Revisa tu cartera antes de fin de año. Si tienes ganancias realizadas, vender con pérdida una posición para compensarlas puede reducir el impuesto.
- Respeta la regla de recompra. Si quieres mantener la inversión, compra un valor distinto, no homogéneo, en lugar de recomprar el mismo.
- No dejes pérdidas sin usar. Controla cuándo caduca cada una (cuatro años).
- Vende por tramos. Si tienes ganancias grandes, repartirlas entre varios años aprovecha mejor el tramo del 19 %.
Errores frecuentes
- No declarar las pérdidas y perder la posibilidad de arrastrarlas.
- Recomprar el mismo valor en dos meses (un año en fondos) y perder la pérdida a efectos inmediatos.
- Olvidar las pérdidas de años anteriores pendientes de compensar.
- Compensar más del 25 % de los dividendos e intereses.
- No convertir a euros las operaciones en divisa.
- No usar FIFO cuando hay varias compras del mismo valor.
- Dejar caducar las pérdidas al pasar los cuatro años.
Preguntas frecuentes
¿Puedo compensar pérdidas de acciones con ganancias de fondos? Sí. Todas son ganancias y pérdidas patrimoniales de la base del ahorro y se compensan entre sí.
¿Cuántos años puedo arrastrar una pérdida? Cuatro años desde el ejercicio en que se produjo.
¿Puedo compensar pérdidas con dividendos? Sí, hasta el 25 % de los rendimientos del capital mobiliario del año (dividendos e intereses).
¿Se compensan las pérdidas con el salario? No. Las pérdidas del ahorro no se compensan con los ingresos del trabajo.
¿Qué pasa si no declaro una pérdida? Puedes perder la opción de arrastrarla. Declara siempre las pérdidas, aunque no tengas ganancias.
¿Y si recompro las mismas acciones? Dentro de los dos meses anteriores o posteriores, la pérdida no se computa hasta que vendas lo recomprado.
Conclusión
Para compensar pérdidas y ganancias de acciones, calcula cada venta, suma y resta el resultado del año, aplica el saldo negativo hasta el 25 % de los dividendos e intereses y arrastra lo que sobre durante cuatro años. Declara siempre tus pérdidas y vigila la regla de recompra: bien gestionadas, reducen de verdad tu factura fiscal.
Este artículo es informativo y no constituye asesoramiento fiscal ni financiero. La normativa puede cambiar: consulta la Agencia Tributaria o a un asesor fiscal para tu caso concreto.
Fuentes: Ley 35/2006 del IRPF (arts. 49 y 33.5.f) en el BOE; Agencia Tributaria, manual práctico de la Renta.
