Si inviertes con Interactive Brokers (IBKR) desde España, la declaración de la renta es responsabilidad tuya: IBKR no actúa como retenedor del IRPF español y no te envía el borrador con tus operaciones. Tus ventas, dividendos e intereses tributan en la base del ahorro (del 19 % al 30 %), pero tienes que descargar los informes, pasarlos a euros y trasladar los datos a Renta WEB.
En esta guía verás qué informes descargar, cómo leerlos, cómo calcular cada apartado con ejemplos con números y qué errores evitar.
Resumen rápido
- IBKR no retiene IRPF español: pagas el impuesto al presentar la renta.
- Debes declarar ganancias y pérdidas por ventas, dividendos (en bruto) e intereses.
- Los informes clave son el extracto anual, el informe de dividendos y los formularios fiscales de fin de año.
- No copies a ciegas el «realized P&L» del informe: recalcula con las reglas españolas (FIFO, euros y tipo de cambio de cada fecha).
- La retención de EE. UU. sobre dividendos (15 % con W-8BEN) se deduce como doble imposición internacional.
- Si a 31 de diciembre tus valores en IBKR superan los 50.000 €, debes presentar el modelo 720.
Qué informes descargar en Interactive Brokers
En la plataforma de IBKR, accede a Gestión de cuenta y, en el apartado de Informes, descarga estos documentos del año fiscal completo (1 de enero a 31 de diciembre):
- Extracto anual (Activity Statement): detalla las operaciones y el resultado realizado de ganancias y pérdidas.
- Informe de dividendos: lista todos los dividendos y pagos sustitutivos, con las retenciones practicadas, en la divisa base de tu cuenta.
- Formularios fiscales de fin de año: disponibles en Informes > Impuestos.
- Extracto a 31 de diciembre: para conocer tus posiciones y valores de cara al modelo 720.
Los nombres exactos de los menús pueden cambiar, así que guíate por estos conceptos.
Qué datos extraer de cada informe
| Quiero declarar… | Dónde lo encuentro | Qué necesito |
|---|---|---|
| Ventas de acciones y ETF | Extracto anual | Fecha, cantidad, precio de compra y de venta, comisiones |
| Dividendos | Informe de dividendos | Importe bruto, retención y fecha de cobro |
| Intereses | Extracto anual | Intereses cobrados en el año |
| Modelo 720 | Extracto a 31 de diciembre | Valor de las posiciones |
Paso 1: las ventas de acciones y ETF
Para cada venta, calcula en euros:
Ganancia o pérdida = valor de transmisión − valor de adquisición
Reglas a aplicar:
- FIFO: si compraste en varias fechas, se consideran vendidas primero las más antiguas. En España se aplica el FIFO aunque en IBKR hayas elegido otro método de selección de lotes.
- Euros: convierte cada importe al tipo de cambio de su fecha (compra y venta). Se suele usar el tipo de referencia del BCE de cada día.
- Comisiones: suman al coste de compra y restan del importe de venta, también convertidas a euros.
El informe de IBKR suele dar el resultado en la divisa base de tu cuenta, que puede no coincidir con el cálculo fiscal español. Por eso conviene recalcular o, al menos, contrastar.
Ejemplo 1: venta en dólares con FIFO
- Compra 1: 10 acciones a 100 $ cuando 1 € = 1,10 $
- Compra 2: 10 acciones a 120 $ cuando 1 € = 1,05 $
- Venta: 10 acciones a 150 $ cuando 1 € = 1,12 $
Con FIFO se venden las de la compra 1:
- Valor de adquisición: 1.000 $ ÷ 1,10 = 909,09 €
- Valor de transmisión: 1.500 $ ÷ 1,12 = 1.339,29 €
- Ganancia: 430,20 €
- Impuesto al 19 %: 81,74 €
Las 10 acciones que quedan conservan su coste de 1.200 $ al cambio de su fecha de compra.
Paso 2: los dividendos
Los dividendos van a rendimientos del capital mobiliario, por su importe bruto, convertido a euros al cambio de la fecha de cobro. La retención de EE. UU. se aplica después como deducción por doble imposición internacional.
Ejemplo 2: dividendo con W-8BEN
Cobras un dividendo bruto de 200 $ cuando 1 € = 1,10 $, con retención del 15 % (30 $).
- Dividendo bruto: 200 ÷ 1,10 = 181,82 €
- Retención: 30 ÷ 1,10 = 27,27 €
- Impuesto en España al 19 %: 34,55 €
- Deducción por doble imposición: 27,27 €
- A pagar: 7,27 €
Si no tuvieras el W-8BEN, la retención sería del 30 %, pero solo podrías deducir hasta el 15 %.
Paso 3: los intereses
Si tu cuenta genera intereses sobre el efectivo, se declaran como rendimientos del capital mobiliario, en el apartado de intereses de cuentas. Por ejemplo, 40 € de intereses tributan al 19 % = 7,60 €.
Paso 4: introducir los datos en Renta WEB
- Ventas: en el apartado de ganancias y pérdidas patrimoniales por transmisión de acciones, introduce cada operación con su valor de transmisión y de adquisición en euros. Puedes agrupar operaciones del mismo valor si lo haces con criterio.
- Dividendos: en rendimientos del capital mobiliario, apartado de dividendos, con el importe bruto.
- Retención en el extranjero: en la deducción por doble imposición internacional, con el país (EE. UU.) y el impuesto pagado.
- Intereses: en rendimientos del capital mobiliario, apartado de intereses.
- Revisa el resumen y la cuota final antes de presentar.
Las casillas que se suelen mencionar son la 0029 para dividendos, la 0588 para la deducción por doble imposición y las 1626, 1627 y 1628 para ganancias y pérdidas de acciones, pero pueden cambiar de un año a otro: comprueba siempre la casilla vigente en Renta WEB.
¿Cuándo hay que presentar el modelo 720?
Debes presentar el modelo 720 si, a 31 de diciembre, el valor de tus valores y derechos depositados en el extranjero supera los 50.000 €. Se presenta entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente. Una vez presentado, solo vuelves a hacerlo si esa categoría aumenta en más de 20.000 € respecto a la última declaración.
Los valores en IBKR cuentan como valores en el extranjero, aunque sean acciones españolas o ETF europeos. Para calcular el importe se usa el tipo de cambio de fin de año.
Qué hacer con los ETF y los fondos
- ETF (UCITS): una venta con ganancia o pérdida se declara igual que una acción. Los ETF de acumulación no tributan hasta que vendes.
- ETF de distribución: los dividendos que reparten tributan cada año.
- Fondos de inversión: si inviertes en fondos a través de IBKR, el reembolso se declara como ganancia patrimonial.
Errores frecuentes
- Copiar el «realized P&L» del informe sin recalcularlo con FIFO y con los tipos de cambio de cada fecha.
- Declarar el dividendo neto en lugar del bruto.
- Olvidar la deducción por la retención de EE. UU.
- No firmar el W-8BEN (o dejarlo caducar) y soportar el 30 %.
- Pensar que IBKR informa a Hacienda y que, por tanto, no hay que declarar.
- No presentar el modelo 720 al superar los 50.000 €.
- Ignorar los intereses de la cuenta.
- No guardar los informes en PDF cada año.
Preguntas frecuentes
¿Interactive Brokers informa a Hacienda? IBKR no actúa como retenedor del IRPF español. Los datos de tu cuenta pueden llegar a Hacienda por intercambio automático entre países, pero tú debes declarar igualmente.
¿IBKR retiene impuestos españoles? No. Pagas el impuesto al presentar la renta.
¿Qué informe uso para declarar las ventas? El extracto anual, contrastándolo con tu propio cálculo en euros y con FIFO.
¿Declaro los dividendos en dólares? No, en euros, al tipo de cambio de la fecha de cobro.
¿Qué hago con la retención de EE. UU.? La deduces como doble imposición internacional, hasta el límite del 15 % del convenio.
¿Tengo que presentar el modelo 720? Solo si a 31 de diciembre tus valores en el extranjero superan los 50.000 €.
¿El FIFO de IBKR es el mismo que el español? IBKR calcula por FIFO o por el método que elijas en tu cuenta. A efectos fiscales en España se aplica FIFO para valores homogéneos, sea cual sea el método de la plataforma.
Conclusión
Declarar Interactive Brokers exige descargar los informes de fin de año, recalcular las ventas con FIFO y tipos de cambio de cada fecha, declarar los dividendos en bruto aplicando la deducción por doble imposición, no olvidar los intereses y comprobar si procede el modelo 720. Con un poco de método y guardando los informes cada año, es un trámite que se hace en una tarde.
Este artículo es informativo y no constituye asesoramiento fiscal ni financiero. Los menús de Interactive Brokers y las casillas de Renta WEB pueden cambiar: consulta la Agencia Tributaria o a un asesor fiscal para tu caso concreto.
Fuentes: Ley 35/2006 del IRPF en el BOE; Interactive Brokers, informes de fin de año; Finantres, Interactive Brokers y Hacienda; Red Inversora, Interactive Brokers; Agencia Tributaria.
